SECCIÓN DE SERVICIO MÉDICO
Doctor: Juan Carlos Pérez
OBJETIVO GENERAL
Ofrecer servicios de medicina general enfocados en la atención primaria en las fases de promoción, prevención, diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la enfermedad, brindando en esta atención, elementos pedagógicos que fomenten en la comunidad esperancista el auto cuidado y el uso adecuado de los servicios de salud.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
SERVICIOS DE SALUD.
El desarrollo físico y psíquico del individuo tiene que ir a la par con el desarrollo intelectual. La Institución, consiste de eso, brinda a la comunidad educativa la posibilidad de tener las necesidades de cualquiera de sus integrantes, al ofrecer los servicios: Médico y de Psicoorientación.
13.1 REGLAMENTO PARA EL SERVICIO MÉDICO
Solicitar previamente la respectiva cita en la recepción de la sección uno.
Asistir cumplidamente a la cita en la hora asignada.
Informar con anticipación en caso de alguna imposibilidad de de cumplir la cita.
En casos de urgencia, el servicio médico se presentará sin previa cita.
El usuario que incumpla más de dos veces las citas asignadas, perderá el derecho a la presentación.
Los Educandos menores 12 años deberán asistir a la consulta médica acompañados por uno de sus padres o en su defecto, por una persona mayor que conozca y pueda y pueda describirle al médico todos los síntomas que motivaron la consulta. Los mayores de 12 años pueden acompañarse de sus padres o adultos cuando lo deseen.
INCAPACIDADES MÉDICAS.
Las incapacidades para realizar educación física expedidas o, en su caso refrendadas por el médico de la Institución, para que tengan plena validez antes de la Institución.
Cuando la incapacidad sea expedida por un médico diferente al de la Institución, deberá incluir el diagnóstico que fundamenta la capacidad la duración de la misma si afecta o no la practica de la educación física de manera temporal o definitiva.
Si la incapacidad fuere definitiva para realizar educación física, en dicho certificado debe reportarse Como una invalidez o limitación física permanente para ese efecto.
El período de incapacidad deberá cumplirse de acuerdo con el número de días preescrito por el médico tratante, quien según la evolución del paciente podrá variarlo.
Se debe tener especial cuidada en lo que se requiere a esta recomendación cuando se trate de una incapacidad por enfermedad infectocontagiosa, ya que la misma se expide con una medida de protección para el paciente y para la comunidad que convive.
La incapacidad deberá ` corresponder ala fecha en que presenta la enfermedad, por ello se recomienda la asistencia ala consulta el mismo día de su ocurrencia, ya que el médico de la institución no expira incapacidad con fecha anterior al momento de la revisión medica practicada por el mismo.
La instrucciones dadas por el medico tratante deben seguirse al pie de la letra, en caso de duda pregúntele al mismo, no se automedique.
Una consulta médica oportuna puede evitarle complicaciones y gastos innecesarios. Reserve su cita a tiempo.
Toda incapacidad médica debe ser presentada al Director Académico para legalizarla en este aspecto.